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Cómo deducirte la plusvalía en el IRPF si pagaste en un año distinto al de la venta de la casa

La Dirección General de Tributos acaba de resolver cómo hay que declarar el IRPF cuando la venta de una vivienda y el pago de la plusvalía municipal se hacen en años diferentes. Recuerda que la plusvalía sólo puede deducirse en el mismo ejercicio del IRPF en el que se declare la ganancia o pérdida patrimonial por la venta de la casa. Es decir, no es posible declarar la ganancia patrimonial en un ejercicio y deducir el impuesto de plusvalía en otro.

si se vende un inmueble en diciembre de 2017 y se paga la plusvalía durante 2018, la operación deberá declararse en el IRPF de 2017, año de transmisión del inmueble. Y en esa misma declaración, deberá deducirse también, la plusvalía municipal pagada.

En este caso, podemos encontrarnos ante dos situaciones distintas:

– Que la plusvalía municipal se notifique al contribuyente antes de presentar la declaración de IRPF.

En este caso, podrá deducir en el IRPF el impuesto pagado para lograr reducir el valor de transmisión del inmueble. Recordamos que la ley del IRPF permite deducir los gastos y tributos que haya tenido que pagar el vendedor a la hora de declarar la venta de la vivienda en la declaración de la renta. Y es que lo que se tributa es la ganancia o pérdida patrimonial (diferencia entre el precio de adquisición y el precio de transmisión).

– Que cuando llegue el momento de presentar la declaración de la renta, el Ayuntamiento todavía no haya notificado la liquidación del impuesto, y por tanto no se haya podido pagar.

En este caso el contribuyente no podrá deducir en su IRPF el impuesto de plusvalía. Y ello, a pesar de que pudiera calcular o cuantificar cuál será su importe.

Qué pasa si no se puede deducir la plusvalía en el IRPF

El contribuyente puede solicitar la rectificación de la declaración de IRPF que tuvo que presentar sin incluir la deducción de la plusvalía pagada. Deberá esperar a que el Ayuntamiento le notifique la liquidación del impuesto de plusvalía municipal y una vez pague el tributo, podrá solicitar la rectificación del IRPF.

El plazo para hacerlo es de cuatro años desde el último día con que contó para presentar la declaración de IRPF. Por tanto, el derecho a deducir la plusvalía municipal no se pierde. No obstante, el contribuyente tendrá que utilizar la vía de la rectificación de la declaración de IRPF, para poder llevar a cabo tal deducción

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